CHICAGO – Los trabajadores en Illinois que proporcionan cuidado personal a miembros de la familia están protegidos contra la discriminación laboral basada en responsabilidades familiares a partir del 1 de enero de 2025. Illinois es ahora uno de los menos de 10 estados que ofrecen protecciones laborales a los cuidadores familiares.
«Ser cuidador es uno de los papeles más importantes que una persona puede asumir, y en Illinois, nos estamos asegurando de que nadie sea penalizado por dar un paso al frente por sus seres queridos», dijo el gobernador JB Pritzker. «Con esta ley, estamos fortaleciendo las protecciones para los trabajadores y garantizando que los cuidadores puedan equilibrar sus responsabilidades en el trabajo y en casa».
«Las políticas laborales deben reflejar la realidad de la prestación de cuidados y las responsabilidades a las que se enfrentan las familias de hoy en día», declaró la Vicegobernadora Juliana Stratton. «Esta ley no sólo proporciona protecciones, sino que también reconoce las complejas vidas de los trabajadores y ayuda a crear lugares de trabajo más solidarios y compasivos».
La Ley Pública 103-0797 prohíbe la discriminación en el empleo por motivos de responsabilidades familiares. Esto significa que los empresarios de Illinois no pueden tomar decisiones de reclutamiento, contratación, promoción, renovación de empleo, formación, despido, disciplina u otras decisiones relativas a los privilegios o condiciones de empleo basadas en la prestación real o percibida de cuidados personales a un familiar por parte de un empleado o posible empleado.
«En un momento u otro, casi todos los trabajadores necesitarán proporcionar cuidados personales a un familiar necesitado», dijo el Director del Departamento de Derechos Humanos de Illinois (IDHR), Jim Bennett. «Esta ley protege a los empleados con responsabilidades familiares de la discriminación en el lugar de trabajo, garantizando que las decisiones de empleo se tomen en función de su rendimiento laboral y no de prejuicios».
La ley hace referencia a la Ley de Baja por Enfermedad del Empleado para definir a los miembros de la familia y los cuidados personales. Los familiares cubiertos son los hijos, hijastros, cónyuges, parejas de hecho, hermanos, padres, suegros, suegras, nietos, abuelos o padrastros. Los cuidados personales incluyen, entre otros, los siguientes
- Llevar a un familiar a una cita médica.
- Atender las necesidades médicas, higiénicas, nutricionales o de seguridad básicas de un miembro de la familia.
- Proporcionar apoyo emocional a un familiar con una enfermedad grave que esté recibiendo atención hospitalaria o domiciliaria.